jueves, 10 de noviembre de 2011

GASTOS PÚBLICOS

El Gasto Público


Son las erogaciones dinerarias que realiza el Estado en virtud de ley para cumplir sus fines consistentes en la satisfacción de necesidades públicas “O el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas”. El gasto público lo conforman erogaciones dinerarias ya que, en la época moderna, tanto su estimación y ejecución están valoradas en términos monetarios, y están representadas en dinero o en bienes que pueden ser objeto de valoración monetaria. Estas erogaciones son efectuadas por el Estado ya que se incluyen todas las sumas de dinero que egresan del Tesoro Público y deben ser financiadas por los ingresos recaudados por éste. Asimismo, el gasto público se realiza en virtud de la ley en vista de que “no hay gasto público legítimo sin ley que lo autorice” (principio de legalidad del gasto), es decir, los entes públicos solo pueden ejecutar el gasto cuando éste ha sido autorizado previamente por algún tipo de instrumento legal. El gasto público constituye “toda erogación que incide sobre las finanzas del Estado, generalmente en dinero, destinada al cumplimiento, de fines administrativos o económico-sociales y autorizada mediata o inmediatamente por la Ley” (Fariñas, 1986: 36).

Funciones del gasto público.

El conjunto de finalidades que pueden ser cubiertas con la estimación y ejecución de gasto público pueden ser agrupadas en tres categorías principales: función social (redistributiva), función económica (reguladora) y función administrativa.

La  función redistributiva, al intentar la mejora de las condiciones de vida de la población de menores ingresos, financiando esta función con los recursos que recauda de los sectores de la población que percibe la mayor porción de la renta nacional.

La actividad financiera del Estado intenta recaudar recursos de los estratos de mayor ingreso, para financiar la satisfacción de necesidades de los sectores más pobres (salud, educación, seguridad, etc) a través del gasto público, y de esta forma puede contribuir a una redistribución socialmente más justa de los recursos

La  función económica del gasto público, tiene erogaciones que persiguen la finalidad de regular o incentivar la actividad económica  de un sector o de todo un país. Por ejemplo, la entrega de subsidios a ciertas empresas que aún no alcanzan un nivel aceptable de competitividad en los mercados nacionales e internacionales puede estimular la producción de determinados bienes y servicios, con los consiguientes efectos sobre los niveles de empleo (esto suele ocurrir con frecuencia en el sector agrícola). También es el caso de los incentivos crediticios que se entregan a pequeños empresarios para estimular nuevamente la producción y el empleo.

La  función administrativa  incluye aquellas erogaciones que se realizan para mantener en funcionamiento el aparato estatal (sueldos, materiales, mantenimiento de inmuebles, gastos electorales, etc).

Importancia de los Gastos Públicos

Es un instrumento importante de la política económica de cualquier país pues por medio de este, el gobierno influye en los niveles de consumo, inversión, empleo, etc

Finalidad del Gasto Público

Lograr la estabilidad económica y la disciplina fiscal alcanzar una adecuada distribución social de los recursos,  Promover la eficiencia, mediante la corrección de fallas o limitaciones del mercado a través del gasto público Podemos decir de manera muy resumida que los principales objetivos del Gasto Público son los siguientes: Generar empleos. Promover la equidad social. Apoyar la competitividad del país y Alentar el crecimiento económico Objetivo del Gasto Público



Limite del Gasto Público

Se puede preparar un presupuesto viable y creíble sólo si está basado en previsiones precisas del  crecimiento económico y de la disponibilidad de recursos. Por ejemplo, unas proyecciones de recaudación fiscal demasiado optimistas pueden plantear serios problemas a las agencias de primera línea, ya que normalmente provocarán reducciones del gasto público o acumulación de atrasos a mitad del ejercicio. Si las reducciones del gasto público se convierten en una característica “habitual” del proceso presupuestario, la credibilidad del presupuesto se verá debilitada, creándose una red de incentivos perniciosos para gestores, ministerios del ramo, políticos y donantes.

Causas del incremento del Gasto Publico

Un aumento en el gasto público producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario. Durante un periodo de inflación es necesario reducir el gasto público para manejar la curva de la demanda agregada hacia una estabilidad deseada. El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los objetivos de la política económica.

EFECTOS DE LOS GASTOS PÚBLICOS

Los efectos de erogaciones consisten en los efectos del suministro de los bienes y servicios a sus destinatarios; en el enfoque de las finanzas redistributivas consisten en las medidas destinadas a lograr modificaciones en la distribución de los ingresos entre los diferentes sectores; y en el enfoque de las finanzas estabilizadoras y como instrumento de promoción del desarrollo, en el incremento del ingreso y de la ocupación hasta llegar al pleno empleo y, respectivamente, en la aceleración del ritmo de crecimiento económico.



Los principios del Gasto Públicos

                1- Debe estar destinados a satisfacer necesidades colectivas.

                2- Deben estar en relación a la capacidad económica del país.

                3- Debe hacerse dentro de una correcta y adecuada ordenación, de acuerdo con la importancia efectiva de las necesidades.

                4- Deben erogarse en cuantía suficiente para atender cabalmente las necesidades colectivas.

                5- Los gastos deben estar destinados a satisfacer aquellas necesidades que sólo el Estado        puede prestar.              



Clasificación  del Gasto Público.

Son diferentes los criterios que pueden utilizarse para clasificar los gastos públicos. Se mencionan dos de los más utilizados en la práctica: la clasificación financiera (gastos ordinarios y extraordinarios) y la clasificación económica (gastos corrientes, de capital y servicio de la deuda pública).

Clasificación Financiera: gastos ordinarios y gastos extraordinarios.

Es una de las clasificaciones más tradicionales del gasto público, pero que sigue utilizándose en la práctica. Agrupa los diferentes tipos de gasto de acuerdo a su periodicidad y continuidad, o de acuerdo a la posibilidad de previsión de los mismos por parte del Estado. Así, los gastos ordinarios son aquellos que suelen repetirse período tras período, y aparecen planificados y estimados en los presupuestos anuales.

Los gastos extraordinarios surgen por situaciones irregulares, no previstas en la planificación normal de las actividades gubernamentales, como por ejemplo las catástrofes. Un gasto público puede no repetirse todos los años, pero si se ha previsto su erogación durante el ejercicio presupuestario se considera como un gasto ordinario (un ejemplo que ilustra este caso son los gastos que se destinan a las elecciones de autoridades, que no ocurren anualmente).



Clasificación Económica: gastos corrientes, gastos de capital, servicio de la deuda pública.

Este criterio considera el efecto del gasto sobre la infraestructura física del país y sobre la formación de capital nacional.



Los gastos corrientes o gastos de funcionamiento:

Son  los pagos que el ente público debe realizar en forma indispensable para el correcto y normal desenvolvimiento de los servicios públicos y de la administración en general. Estos gastos no significan un incremento directo del patrimonio nacional, pero contribuyen a la productividad general del sistema económico y son tan necesarios como los gastos de inversión.



Los  gastos de capital o gastos de inversión:

Son todas aquellas erogaciones del Estado que significan un incremento directo del patrimonio público. Pueden consistir en pagos emanados de la adquisición de bienes de producción (maquinarias, equipos, etc.), en inversiones en obras públicas infraestructurales (presas hidroeléctricas, viaductos, carreteras, puentes) o en inversiones destinadas a industrias claves (siderurgia, petroquímica, fabricación de equipo pesado, etc.), ya sea que éstas sean motivo de explotación pública o privada, en cuyo último caso la inversión se hace en forma de préstamo o aporte de capital”.



CATEGORÍAS DE GASTO PÚBLICO



El Estado, al invertir o gastar, vuelve al circuito económico la renta o ganancia previamente sustraída de él con el impuesto. Pero esta vuelta experimenta características diferentes, según se trate de compensar con el gasto servicios personales prestados, adquirir bienes de uso o consumo, intermedios o durables para sostener los servicios públicos; o de redistribuir renta, sin compensación directa alguna.

Los primeros son gastos de contrapartida directa y de total equivalencia; los segundos son gastos sin contrapartida directa y por ende sin equivalencia. En ambas categorías de gastos se pretenda o no compensar bienes y servicios prestados al ente público, el beneficio es manifiesto, directa o indirectamente. Si hay compensación, el beneficio es directo; si no la hay, por tratarse de meras transferencias, es indirecto. De todas maneras, se esparce riqueza al circuito económico que, en alguna forma, afecta y repercute en las finanzas públicas.

GASTOS DE CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL



Una contrapartida o compensación por la prestación de servicios personales o compra de bienes de consumo (gastos de funcionamiento); adquisición de bienes durables, intermedios y finales (gastos de inversión); reembolso y pago de intereses de deuda pública.



GASTOS DE FUNCIONAMIENTO



Son gastos en la adquisición de bienes de consumo personales. El Estado obtiene una compensación simultánea a los fines de la hacienda, en especial al sostenimiento de los servicios públicos mediante el pago respectivo: el bien o servicio mismo.

En consecuencia, estos gastos se pueden clasificar en dos renglones principales:

1) Gastos de consumo, que comprenden:

a) Bienes durables de consumo (automóviles, muebles y enseres, etc.);

b) Bienes semidurables de consumo (implementos de duración generalmente inferior a un año).

c) Bienes de consumo perecederos (alimentos, combustibles, etc.);

2) gastos en servicios, que comprenden:

 a) sueldos, salarios, honorarios, etc.

 b) prestaciones sociales.

Tanto los gastos de funcionamiento de consumo como los de servicios, son tan indispensables para la prestación de los servicios públicos como los de inversión. Su economicidad está subordinada a su racionalidad y suficiencia en la correcta satisfacción de las necesidades públicas. Reducir excesivamente el gasto de funcionamiento en beneficio del gasto de inversión, puede ser tan perjudicial como el despilfarro y el gasto de inversión no planificado.

Dentro de estos gastos, los más difíciles de mantener en los límites de su adecuada economicidad son los burocráticos y de provisiones, en especial los primeros



GASTOS DE INVERSIÓN

 Los gastos de inversión son los efectuados en la adquisición de bienes durables: a) intermedios, de duración superior a tres años (edificios, maquinaria y equipo, etc.), b) finales (obras de infraestructura económica y social). Se asimilan a los de funcionamiento por la característica principal de que son de contrapartida directa y personal. Pero se diferencian en que mientras los gastos de funcionamiento retribuyen bienes de consumo y servicios personales prestados, los de inversión retribuyen bienes de capital, de modo que aumentan el patrimonio fiscal.

SERVICIO DE DEUDA PÚBLICA.



 Son gastos de deuda pública los desembolsos del Estado para amortizar el capital prestado y pagar los intereses, por empréstitos internos o externos. 

Los intereses de deuda pública son pagos de contrapartida directa y personal; es la forma como el ente público retribuye el servicio del capital prestado. Y los gastos de amortización o reembolso del capital prestado, son devolutivos.

En estricto sentido económico, los intereses constituyen una transferencia de riqueza. Se  trata de renta obtenida por el prestatario con dinero del prestador, de la cual participa este con el nombre de intereses sin que haya habido un cambio real de bienes y servicios para compensar en esta forma, considerándose el préstamo no como un servicio final, sino como un sistema de coparticipación en las ganancias, ya que el valor de aquel representa una parte de cualquier género de propiedad.



GASTOS SIN CONTRAPARTIDA DIRECTA Y PERSONAL.



Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal son erogaciones con fines de desarrollo o redistributivos de la renta nacional: de rentas previamente sustraídas del mismo circuito económico, que pasan a los receptores por conducto del presupuesto estatal, de modo que son estos quienes disponen del ingreso respectivo para la inversión o el consumo. Por estas características, se ha dicho que las transferencias son impuestos negativos.

Con los gastos de transferencia no se trata de compensar determinados servicios o bienes directos, que se obtengan mediante el pago de su valor de cambio. Sin embargo, se obtiene una utilidad social, así sea en forma indirecta. La redistribución de la renta nacional que opera mediante las transferencias, incrementa las disponibilidades monetarias de los receptores, quienes las gastan en consumo o inversión pudiendo variar la propensión a estos, aumentar la renta nacional y, correlativamente, la detracción fiscal que la afecta. Pero ello no es suficiente para que pueda hablarse, en tales erogaciones o desembolsos públicos, de compensación. En consecuencia, son verdaderas transferencias presupuestarias.

Estos gastos han de clasificarse por la finalidad que los justifica. Por otra parte, también pueden distinguirse en ellos determinadas transferencias, según el gasto a que sean destinados por sus beneficiarios o receptores: transferencias-inversión o transferencias-consumo. Las transferencias o gastos sin contrapartida directa y personal se pueden clasificar, por lo tanto, en las siguientes subcategorías, más o menos amplias: transferencias con fines económicos o financieros, con fines sociales y gastos consuntivos.

A) Subvenciones a otros entes públicos

 Las subvenciones como transferencias de recursos entre diversos entes públicos, es un aspecto de las complejas finanzas intergubernamentales o de compensación financiera, como distribución entre ellos del gasto público según los servicios a cargo...

Son, en consecuencia, traslados de disponibilidades monetarias entre el Estado en el orden nacional y el Estado en el orden regional y local, entre la nación y las entidades territoriales (departamentos y municipios) y las entidades descentralizadas del orden nacional, regional o local (establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del Estado en estos diversos órdenes). En teoría, esas subvenciones pueden ser en sentido horizontal (entre los entes públicos del Estado en el mismo orden nacional, regional o local) o vertical (entre los entes públicos del Estado en distinto orden); y, así mismo, de modo ascendente o descendente, en particular en esta segunda situación.

Las subvenciones pueden ser de varias clases, según estén o no condicionadas o supervisadas:



a) Subvenciones condicionadas. Son las transferencias a otros entes públicos, con una destinación específica, conforme a las necesidades públicas que se quiere satisfacer o la categoría del gasto respectivo. Las subvenciones supervisadas o condicionadas pueden clasificarse de acuerdo con el gasto que su destinación origina, por el ente público receptor y establecido al momento de ser otorgada: transferencia-inversión o transferencia-funcionamiento, según el caso.

b) Subvenciones incondicionadas. Son transferencias a otros entes públicos sin una destinación específica y, por lo tanto, no están sujetas a una supervisión por parte del ente público que las otorga.

c) Subvenciones condicionadas a una contrapartida. La proliferación de las subvenciones, condicionadas o no, en especial a los departamentos y municipios, no deja de indicar una falla en la descentralización fiscal técnica y en la necesaria autonomía financiera, en particular de los municipios que deberían poseer suficientes recursos propios para atender un nivel mínimo de servicios públicos primarios y secundarios.



B) Subsidios a la empresa privada

 Los subsidios son transferencias presupuestaria del Estado a empresas privadas, y, a semejanza de las subvenciones a otros entes públicos, pueden ser o no condicionadas o supervisadas.

El subsidio pretende cubrir el exceso de costo de producción de determinados artículos o  servicios, en beneficio del consumidor y de la empresa privada. En consecuencia, trata de lograr dos fines simultáneos: a) evitar la pérdida del empresario privado en la producción de un artículo o servicio esencial a la comunidad; b) impedir que se cargue ese mayor costo al consumidor o usuario a pesar de la exención total o parcial de impuestos de que puede gozar la empresa, o a cambio de dicha exención o incentivo tributario.

C) Auxilios regionales

 En los países subdesarrollados es importante orientar las subvenciones a otros entes públicos y los subsidios a la empresa privada, de acuerdo con determinados planes de integración regional, o al fomento de las exportaciones menores. Estos gastos públicos se deben calificar de auxilios regionales, para diferenciarlos de la subvención y el subsidio aislado, sin relación a un plan previo de integración para el desarrollo. Son transferencias con fines económicos, antes que financieros. Y a este campo debieran circunscribirse, y canalizarse por las "corporaciones regionales".

Por otra parte, con los auxilios regionales concurren otras medidas de política fiscal orientadas al mismo fin integracionista: las exenciones con carácter de incentivo y las exacciones fiscales.

2. TRANSFERENCIAS CON FINES SOCIALES. Los gastos sin contrapartida directa y personal con fines sociales, se pueden dividir en tres grupos principales: seguros y prestaciones sociales, asistencia pública, y auxilios por calamidades públicas y otros. Estas transferencias corresponden en forma más definida a la política fiscal redistributiva de la renta nacional...

A) Seguros y prestaciones sociales

 Los seguros de paro y desempleo pagados por el  Estado se encaminan, ante todo, a lograr mayor seguridad social para trabajadores inactivos o desempleados*.

Pero no solo el parado o desempleado se halla frente al riesgo de la inseguridad. También los  trabajadores activos, con ocasión directa o indirecta del trabajo mismo, se encuentran ante variados riesgos de los cuales deben ser protegidos, mediante los seguros sociales.

Con este fin los Estados han organizado instituciones encargadas de cubrir los   riesgos sociales en que puede encontrarse la clase trabajadora sin cuya protección colectiva no solo se vería afectada su productividad de ganancia para la clase capitalista, sino también el bienestar individual del trabajador: accidentes de trabajo, enfermedad, invalidez, vejez, muerte. A parte de otras prestaciones individualizadas a cargo directo de los patronos: cesantías, vacaciones, jubilaciones, etc. El seguro social obligatorio... se financia con la tasa especial o contribución especial de seguridad social que así formalmente se obligue en todo o en parte a pagarla con base en las nóminas, al capitalista o al trabajador, afecta en el fondo, material o económicamente, la ganancia de aquel. Los aportes del Estado a las entidades de seguridad social, que benefician a los trabajadores de la empresa privada y del Estado mismo, constituyen las verdaderas transferencias presupuestarias con fines sociales; son gastos públicos sin contrapartida directa y personal, pero de todas maneras generadores de utilidad social efectuados en bienes colectivos de consumo necesarios para la reproducción ampliada de la fuerza de trabajo (capital variable).

B) Asistencia pública. No obstante los seguros de paro y desempleo (en los países donde existen) y los seguros y prestaciones sociales, es indispensable proteger a las personas que careciendo de medios de subsistencia y de derecho para exigirlos de otras, están físicamente incapacitadas para trabajar; o con ingresos insuficientes para contribuir a los servicios de seguridad social.

Los gastos de asistencia pública son transferencias del presupuesto del Estado en su nivel central, regional o local a instituciones públicas, semipúblicas o privadas que satisfacen gratuitamente necesidades individuales (alimento, vestido, alojamiento, asistencia médica) de aquellas personas; o a los fondos de solidaridad para pensiones y salud.

C) Auxilios por calamidad pública y otros. En casos de calamidad pública (incendio, inundación, naufragio, epidemias, invasión, terremoto, etc.), el Estado puede transferir determinada cantidad de ingresos públicos a los damnificados que no tienen compensación por seguros o indemnizaciones, ni medios económicos de subsistencia.

Otra clase de transferencias estatales se autorizan con fines culturales o científicos a instituciones educativas, de investigación y de fomento a las artes y a las ciencias.



GASTOS CONSUNTIVOS

Una vez completado el aprendizaje de los contenidos para este objetivo, responda cada uno de los siguientes planteamientos: Si selecciona la alternativa “Ninguna de las anteriores”, escriba la respuesta correcta y justifique sus respuestas.



 Los gastos consuntivos son transferencias de renta que hace el ente público a otros circuitos económicos, distintos de donde se sustrajo previamente dicha renta. Son transferencias internacionales con fines económicos, políticos o sociales y revisten características de subvención, subsidio o auxilio.

Mientras que los demás gastos de transferencia simplemente redistribuyen la renta, de modo que no se modifica el circuito económico (igual renta previamente sustraída de tal circuito vuelve a él), los gastos consuntivos disminuyen la renta nacional, afectan el circuito económico negativamente.



El Gasto Público como instrumento de Política Financiera.



El gasto público es un instrumento importante de la política económica de cualquier país pues por medio de este, el gobierno influye en los niveles de consumo, inversión, empleo, etc. Así, el gasto público es considerado la devolución a la sociedad de algunos recursos económicos que el gobierno captó vía ingresos públicos, por medio de su sistema tributario principalmente.



 La forma de estructurar el gasto público es de gran importancia para la economía en general, pues siendo un instrumento poderoso que afecta la economía, su manejo causa u origina diversos fenómenos que algunas veces son positivos y otras veces, negativos para un país e incluso otros países que estén fuertemente correlacionados económicamente. Del análisis de la estructuración y aplicación del gasto público se pueden predecir ciertos comportamientos de la economía así como los fines que persigue el sector público.

EVALUACIÓN DEL BLOG DE ADMINISTRACIÓN DE FINANZAS PÚBLICAS Y PRESUPUESTO ADD(401) (5%)

Una vez completado el aprendizaje de los contenidos para este objetivo, responda cada uno de los siguientes planteamientos: Si selecciona la alternativa “Ninguna de las anteriores”, escriba la respuesta correcta y justifique sus respuestas.



1. Un ejemplo de gasto público corriente es el siguiente:

􀂉 Construcción de un puente.                                  􀂉 Pago de la deuda pública.

􀂉 Pago de sueldos y salarios a empleados.          􀂉 Todas las anteriores.



2. Las cantidades de dinero que el Gobierno envía para consistir en pagos emanados de la adquisición de bienes de producción, puede considerarse como:

􀂉 Gasto corriente.                                       􀂉 Gasto de Capital.

􀂉 Gasto extraordinario.                               􀂉 Todas las anteriores



Explique con sus propias palabras lo que a continuación se indica

1. La función redistributiva del gasto público se refiere a lo siguiente:

2. Un ejemplo de transferencia es:

3. Un subsidio consiste en: